Subdirector General De Políticas De Innovación
CurrentArtículo 5. La Secretaría General de Innovación.Asimismo, le corresponde ejercer las siguientes funciones:i) El impulso de programas conjuntos con comunidades autónomas y entidades locales en materia de innovación, sin perjuicio de las competencias de otros órganos del departamento.j) Las relaciones y coordinación con otras unidades, órganos y organismos de la Administración General del Estado responsables de políticas de innovación y políticas sectoriales estrechamente relacionadas con éstas, sin perjuicio de las competencias de otros órganos del departamento.k) Las relaciones, participación y representación del ministerio en organismos, programas y grupos de trabajo en materia de innovación en sectores estratégicos a nivel nacional e internacional, sin perjuicio de las competencias de otros órganos del departamento.l) La coordinación, diseño, ejecución y evaluación de estrategias, programas e iniciativas en el ámbito de la innovación en políticas públicas, sin perjuicio de las competencias de otros departamentos ministeriales.m) La coordinación de la contribución a las estrategias y planes nacionales en el ámbito de la innovación, sin perjuicio de las competencias de otros órganos del departamento.n) El fomento del diseño como palanca de la innovación y como instrumento de transformación y modernización de la administración pública.ñ) La gestión de premios nacionales en materia de innovación y diseño, sin perjuicio de las competencias de otros órganos del departamento.Estado.4. Dependerán de la Secretaría General de Innovación las siguientes unidades, con nivel orgánico de subdirección general:c) La Subdirección General de Políticas de Innovación, que ejercerá las funciones señaladas en los párrafos i), j), k), l), m), n) y ñ) del apartado 1, así como las señaladas en el párrafo b) en el ámbito de sus competencias.